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REPATRIACIÓN DE FALLECIDOS: LO QUE DEBES SABER

19 julio 2022
Joel Alejandro Zapata Hernández

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En México existe una canción muy popular, cuya autoría se atribuye Jesús Monge Ramírez, más conocido como Chucho Monge, que en su coro posee versos que rezan así:

México, lindo y querido,

si muero lejos de ti,

que digan que estoy dormido

y que me traigan a ti.

Interpretada por varios cantantes, ha sido inmortalizada por artistas de la talla de Jorge Negrete y Vicente Fernández; se considera un símbolo de mexicanidad y hasta de patriotismo.

No es extraño que un mexicano quiera ser sepultado en su país de origen, pero, ¿te has preguntado qué tan factible es traer a México el cuerpo de una persona fallecida? En este artículo te queremos comentar los pasos a seguir si fuera necesario que el cuerpo de un mexicano, fallecido en el extranjero, sea repatriado.

Debes tomar en cuenta, antes de iniciar todo el proceso, dos consideraciones; la primera, es mejor si todo lo haces a través del consulado mexicano en el país donde haya fallecido el ser querido, o bien, lo mantendrás informado de todas las decisiones que vayas tomando; la segunda, solo una persona, ubicada en México o en el país donde falleció la persona, debe ser quien trate con el consulado y con todas las instituciones involucradas, no porque sea ilegal no hacerlo así, sino porque complicaría la comunicación.

Ya en el proceso en sí, para trasladar restos humanos a México hay que contratar los servicios de una funeraria en el país donde ocurrió el deceso. Esta funeraria será la encargada de hacer todo lo relacionado al proceso fúnebre: embalsamamiento, cremación, trámites con el gobierno local, etc. Si hay algún familiar o amigo en ese país, puede estar verificando el proceso.

Es importante que, de cada paso que se vaya llevando a cabo en el proceso, se informe al consulado. No tiene que haber comunicación en cada momento, pero si periódica, y en cada llamada o email que se le envíe, se le especifique todos y cada uno de los avances que ha habido desde la última comunicación. Es pertinente recordar que los consulados pueden asesorar sobre distintas opciones de agencias funerarias. 

Una vez hecho el embalsamamiento o cremación, además de los trámites funerarios, el consulado deberá llevar a cabo el visado de los documentos emitidos por el gobierno del país donde falleció el ser querido. Este trámite es gratuito en la mayoría de las naciones. 

Generalmente, todo este proceso es coordinado por el consulado forma directa con la funeraria, pero no está de más asegurarse con comunicación periódica. Insistimos en que no es necesario enviar un email o hablar por teléfono al consulado en cada paso que se dé, puesto que esto podría saturar a la institución que seguramente ya estaría enterada. Esto es más bien para que el doliente tenga la seguridad de que todo se está llevando a cabo correctamente.

Para que el visado se lleve a cabo, la funeraria deberá entregar al consulado los siguientes documentos, en original y acompañados de traducción al español:

  • Acta de defunción apostillada.
  • Permiso de tránsito de cadáver y/o cenizas, expedido por la autoridad de salud del gobierno del país en cuestión.
  • Certificado de embalsamamiento (no es necesario en caso de cremación).
  • Certificado de no enfermedades contagiosas (no es necesario en caso de cremación).
  • Certificado de cremación (solo en caso de cremación).

Normalmente, el consulado devuelve a la funeraria la documentación ya lista después de un día hábil. Cabe señalar que el consulado solo se encarga del visado, pero no del traslado; esto es una labor de la funeraria, quien será la responsable del tiempo de traslado, así como de cualquier eventualidad que pueda ocurrir en el trayecto.

Para concluir, queremos mencionarte que el costo de todo este proceso se llega a reducir más del 70% en caso de optar por la cremación, o bien, pueden aumentar muchísimo si no se le especifica a la funeraria que no se contratarán algunos servicios (ataúd, uso de sala funeraria, ceremonia religiosa, etc.) o si se firma un contrato con ella que implique la aceptación de estos servicios, aunque de palabra se le haya informado que no se utilizarían. Finalmente, es necesario que algún amigo o familiar esté en el país para asegurarse de que todo el proceso de haga debidamente; si no cuenta con nadie, habrá que informar de esto tanto al consulado como a la funeraria, a fin de que designen a alguien para que vigile el proceso directamente, o estén poniendo más atención a la comunicación que tengan con el familiar o amigo ubicado en México.

Cabe señalar que no en todos los casos la repatriación es posible, al menos no en todas las formas. Los fallecidos por coronavirus, por ejemplo, solo pueden ser trasladados a algunos países después de ser cremados. Es necesario informarse debidamente para saber si, tomando en cuenta la causa de muerte, es posible la repatriación.

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